
Ya sabemos que la cuota nace del presupuesto anual. Ahora la pregunta incómoda: ¿a quién le toca cuánto? «Dividir entre todos» suena justo hasta que el dueño del local comercial del piso bajo —que no usa la escalera, pero factura— paga lo mismo que el estudio del tercer piso.
La ley y los reglamentos manejan este reparto con porcentajes de indiviso: el porcentaje de las áreas comunes que le corresponde a cada departamento según su escritura. No es un capricho del tesorero: es la forma técnica de que cada quien cargue su parte proporcional.
Tres formas de repartir
| Criterio | Cómo funciona | En Jalisco… |
|---|---|---|
| Por igual (por cabeza) | Cada unidad paga lo mismo | Válida solo si la escritura, el reglamento o un acuerdo lo establecen expresamente: se sale de la regla legal |
| Por indivisos | Cada unidad paga según su % de áreas comunes | Es la regla legal base: se contribuye en proporción al % de la unidad privativa (art. 1026) |
| Mixto | Gastos generales por indivisos; gastos de uso por quien los usa | Coherente con el art. 1027: los gastos de elementos de uso exclusivo corren a cargo de quienes los usan |
Ejemplo con números redondos: si el presupuesto anual del condominio es de 120,000 pesos y a tu departamento le corresponde un 5% de indiviso, tu carga anual es 120,000 x 0.05 = 6,000 pesos, es decir una cuota mensual de 500 pesos. El mismo cálculo, con 2.5% de indiviso, daría 250 mensuales. Mismo porcentaje, misma cifra: la próxima vez que alguien discuta «por qué pago esto», el número ya está en la escritura, no en la plática.
El local comercial del planta baja casi no usa las áreas comunes residenciales. ¿Cuál es el tratamiento más defendible del reparto?
La cuota mensual se calcula así: presupuesto del condominio x el de indiviso de la unidad, dividido entre doce. Ese porcentaje está escrito en la escritura .
La asamblea puede decidir, por votación, cambiar el porcentaje de indiviso de un departamento para que pague menos.
Busca en tu escritura o reglamento qué criterio de reparto usa tu condominio y qué indiviso le toca a tu unidad. Con el presupuesto anual actual, verifica si tu cuota está bien calculada.
Si no localizas tu porcentaje, es un tema legítimo para pedir en asamblea que se publique el cuadro de indivisos.
Tu texto se guarda sólo en este dispositivo.
- La cuota se deriva del presupuesto anual y el criterio de reparto vigente.
- Regla legal base en Jalisco: proporción al % de indiviso (art. 1026); uso exclusivo se paga por quien lo usa (art. 1027); lo demás necesita fundamento escrito.
- El porcentaje de indiviso vive en la escritura constitutiva: no lo fija el humor del mes.
- Casos especiales (locales, torres) se resuelven con acuerdos fundamentados, no con ocurrencias.
Siguiente paso: Fondo ordinario y fondo para contingencias — para qué sirve cada dinero y por qué no se tocan.
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